Por: YODIGOYOPREGUNTO.COM
El Congreso del Estado de México aprobó expedir una nueva Ley de la Universidad Autónoma del Estado de México (UAEMéx), una reforma que modifica las reglas de representación y elección de autoridades, establece la eliminación progresiva de las cuotas escolares y crea un Sistema de Ética y Justicia Universitaria. La decisión reúne iniciativas de distintas fuerzas políticas y de la gobernadora Delfina Gómez Álvarez, pero su verdadero alcance dependerá de que los cambios aprobados se conviertan en resultados verificables para la comunidad universitaria.
El dictamen integró propuestas de los diputados Octavio Martínez Vargas y Gerardo Pliego Santana, ambos de Morena; de la bancada de Movimiento Ciudadano (MC), coordinada por el legislador Juan Manuel Zepeda Hernández; y de la gobernadora Delfina Gómez Álvarez, cuya iniciativa incorporó una propuesta de la propia universidad, resultado de un proceso interno de consulta entre estudiantes y personal académico y administrativo.
Durante la sesión deliberante de la LXII Legislatura mexiquense, presidida por el diputado Vladimir Hernández Villegas, de Morena, titular de la Directiva, quien aseguró que con la reforma comienza la transformación de la UAEMéx, se avaló el documento que establece la creación de un Órgano Electoral Universitario, un régimen disciplinario y de responsabilidad universitaria, además de un sistema de bienestar y cuidado para quienes integran la institución.
Al dar lectura al dictamen, la diputada Brenda Colette Miranda Vargas, de Morena, sostuvo que representa un cambio relevante, pues, después de más de tres décadas, se expide una nueva ley para la principal institución pública de educación superior de la entidad, acorde con los retos y necesidades de su comunidad universitaria.
Puntualizó que la propuesta surgió de un proceso de consulta en el que participaron estudiantes, personal académico y administrativo, y que fue aprobada por unanimidad por el Consejo Universitario. Añadió que su presentación ante el Pleno se realizó en respeto a la autonomía universitaria, un principio que deberá mantenerse durante la aplicación de las nuevas disposiciones.
Al respecto, Octavio Martínez Vargas destacó que, después de 34 años de vigencia de la legislación anterior, se promovió la actualización del marco normativo de la universidad, que contempla la gratuidad progresiva, la democratización de la institución, la ampliación del Consejo Universitario, su vinculación con los sectores público y privado y con la sociedad, así como la realización de una consulta cada 10 años para actualizar sus disposiciones.
Ante Martha Patricia Zarza Delgado, rectora de la UAEMéx, Gerardo Pliego aseguró que la reforma plantea la posibilidad de fortalecer una institución que forme profesionistas, produzca conocimiento, impulse la movilidad social y contribuya a construir ciudadanía. El desafío consiste en que esos propósitos tengan correspondencia con las condiciones académicas, presupuestales y administrativas de la universidad.
La diputada Paola Jiménez Hernández, de Morena, reconoció el reto de ampliar la matrícula universitaria y señaló que la nueva integración del Consejo Universitario debe reflejarse en una transición democrática y responsable. También destacó el fortalecimiento de la capacidad de autogobierno, los mecanismos internos de responsabilidad, la participación en las decisiones institucionales y la actualización de los objetivos de la universidad.
El dictamen señala que, en cuanto a la actualización de los modelos de representación y elección de autoridades, la persona titular de la rectoría será elegida por un periodo ordinario mediante mayoría de votos, a través de sufragio personal, directo, libre y secreto de cada integrante de la comunidad universitaria. Los votos se contabilizarán por sector —alumnado, personal académico y administrativo—, conforme a la ponderación establecida en el Estatuto Universitario.
Además, establece que el nombramiento será otorgado por el Consejo Universitario, con base en el informe de resultados que presente el Órgano Electoral Universitario. Bajo estas mismas condiciones se elegirán las personas directoras de los espacios académicos, con lo que se pretende establecer procedimientos de participación y representación institucional.
Como requisitos para ocupar la rectoría, quien aspire deberá demostrar que no ha recibido sanciones por responsabilidad universitaria, disciplinaria o administrativa; no haber sido condenada, mediante sentencia firme, por un delito doloso que amerite pena privativa de la libertad; no estar inhabilitada para el servicio público ni inscrita en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, además de presentar una propuesta de plan de trabajo universitario. Estos requisitos también serán aplicables a quienes aspiren a dirigir los espacios académicos.
Igualmente, se prevén supuestos para la remoción y destitución del cargo de la persona titular de la rectoría, sus ausencias o licencias, la elección o designación de la persona rectora sustituta, así como el nombramiento de una persona encargada. Estas disposiciones buscan establecer reglas para evitar vacíos de autoridad y dar continuidad a las responsabilidades institucionales.
En cuanto al Consejo Universitario, máxima autoridad de la institución, la nueva ley establece que su integración deberá garantizar la paridad en la representación del alumnado y del personal académico. Estará conformado por la persona titular de la rectoría; las personas directoras de facultades, centros universitarios, preparatorias, escuelas, unidades académicas profesionales e institutos; representantes de la asociación sindical del personal académico y administrativo titular del contrato colectivo; una persona representante del personal académico y dos del alumnado por cada espacio académico.
Con esta distribución, el consejo quedará integrado por 223 personas consejeras elegidas por mayoría de votos mediante sufragio personal, directo, libre y secreto de cada persona integrante del sector de la comunidad.
Además, entre las atribuciones del consejo estará diseñar e implementar políticas y acciones encaminadas a la gratuidad progresiva y procurar, en todo momento, la sostenibilidad financiera de la universidad. Este equilibrio será fundamental, porque ampliar derechos educativos sin garantizar recursos suficientes puede comprometer la operación de los servicios y programas universitarios.
Respecto a la gratuidad de los servicios educativos, la nueva ley prevé la eliminación progresiva de los cobros por inscripción y reinscripción, conforme a la Ley General de Educación Superior. Para ello, la UAEMéx deberá aprobar y publicar, dentro de los 180 días naturales siguientes a la entrada en vigor del decreto, un plan de acción anual para avanzar gradualmente hacia la gratuidad, sin afectar el cumplimiento de sus fines ni poner en riesgo sus finanzas.
Dicho plan contendrá un diagnóstico financiero, metas anuales de disminución de cobros, fuentes de financiamiento y mecanismos de seguimiento. Además, la rectoría gestionará los recursos ante las autoridades competentes y presentará anualmente un informe de resultados y, en su caso, la justificación de las limitaciones existentes.
Los cobros reducidos no podrán sustituirse por conceptos equivalentes que desvirtúen la gratuidad.
Asimismo, la universidad expedirá, en un término no mayor a 365 días naturales siguientes a la entrada en vigor de la ley, un programa de accesibilidad física y digital, así como una estrategia universitaria de gobierno digital. Los dos instrumentos deberán incorporar una perspectiva de derechos humanos e inclusión, para que los servicios institucionales respondan a las necesidades de toda la comunidad.
El Sistema de Ética y Justicia Universitaria, por otra parte, tendrá como funciones prevenir, conocer, resolver y sancionar, de forma integral y bajo un marco de ética, mediación, conciliación y justicia restaurativa, las faltas a la responsabilidad universitaria y las faltas disciplinarias cometidas por quienes integran la comunidad universitaria, para lo cual contará con independencia en su actuación.
De igual manera, el sistema empleará la mediación y la conciliación como mecanismos alternativos de solución de controversias, siempre que la naturaleza de las conductas, la legislación aplicable y la protección de los derechos de las personas involucradas permitan su utilización. Su funcionamiento deberá garantizar imparcialidad, procedimientos claros y respeto a los derechos de quienes participen.
El Órgano Electoral Universitario, garante de la democracia institucional, tendrá a su cargo la organización, conducción, vigilancia y validación de la legalidad del proceso electoral en la elección de la persona titular de la rectoría, de las personas titulares de las direcciones de los espacios académicos y de las personas consejeras. Asimismo, podrá encargarse de cualquier otro proceso de elección que el consejo determine.
El régimen disciplinario y de responsabilidades será aplicable al alumnado, al personal académico y administrativo, así como a quienes integran los órganos de gobierno de la universidad y el Órgano Electoral Universitario, conforme a lo establecido en la nueva ley y demás disposiciones normativas aplicables.
Lo anterior será aplicable siempre que las conductas no constituyan faltas de responsabilidad administrativa en términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios, en cuyo caso se atenderá a lo previsto en dicha ley y las disposiciones aplicables.
Entre las atribuciones de la universidad estará establecer convenios de colaboración con los sectores público, social y privado, con el fin de impulsar la vinculación laboral de sus egresadas y egresados, facilitar su inserción profesional y promover el desarrollo de prácticas profesionales, servicio social y programas de empleabilidad.
Por otro lado, la universidad, a través de la vinculación social y extensión, pondrá al alcance de la sociedad su conocimiento, ciencia, humanismo, artes, cultura, innovación, deporte y capacidades, así como la prestación de servicios, por medio de alianzas con los sectores público, privado y social nacionales e internacionales, con la finalidad de atender problemáticas sociales y fortalecer el desarrollo local, regional y nacional, en apego a los principios de responsabilidad social universitaria.
El sistema de bienestar contempla la promoción de la salud física y mental; la seguridad y protección ante riesgos y violencias; el fomento de la cultura física y el deporte; la alimentación saludable; la disponibilidad de espacios universitarios adecuados y accesibles; el apoyo a personas en situación de vulnerabilidad, así como la promoción de una convivencia respetuosa, inclusiva y libre de violencias.
Yo Pregunto, ¿Quién garantizará gratuidad real y elecciones universitarias transparentes, sin simulaciones?
Con la aprobación de la nueva legislación, que abroga la ley vigente desde 1992, se establece un proceso de transición para garantizar la continuidad de las autoridades universitarias, avanzar hacia la gratuidad de los servicios educativos, expedir el nuevo Estatuto Universitario e implementar gradualmente los sistemas, programas y servicios previstos, conforme a la disponibilidad presupuestal de la institución.
Nota editorial: La reforma contiene avances normativos importantes, pero su evaluación no debe quedarse en el número de disposiciones aprobadas. La democratización universitaria tendrá que reflejarse en elecciones legítimas, la gratuidad en una reducción efectiva de los pagos y la justicia interna en procedimientos imparciales. También será indispensable que la ampliación de la representación no se convierta en una estructura difícil de operar. La autonomía universitaria, la transparencia y la suficiencia presupuestal deberán acompañar cada etapa de implementación.
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